¿Qué sucede si la otra parte no se presenta a la audiencia en la corte?
La corte puede ordenar algo que se conoce como un capias que es una orden de arresto civil.
¿Qué pasa en el día de la audiencia?
Si el calendario se llama, que significa que todos los casos programados para ese día se les llama en voz alta:
Si usted y la otra parte tienen un acuerdo escrito, debe decir “listo con un acuerdo” cuando llamen su caso.
Si usted y la otra parte no tienen un acuerdo escrito, entonces diga “listo” y así la corte sabe que están ahí presentes. Usted se reunirá con Servicios de Familia, también conocido como Relaciones de Familia, en una oficina en la corte. El Consejero de Servicios de Familia puede ayudarle a llegar a un acuerdo y ponerlo por escrito.
Si el calendario no se llama:
Si usted y la otra parte tienen un acuerdo escrito, pídale al Secretario un formulario que se llama Memo to the Clerk (Memorándum al Secretario). Llene este formulario que le demuestra a la corte que usted está listo para decirle al juez sobre su acuerdo. Usted debe marcar el encasillado que dice “listo con acuerdo.”
Si usted y la otra parte no tienen un acuerdo, busque su nombre y la ubicación de la sala en una lista publicada en el pasillo de la corte. También habrá una lista disponible que usted puede firmar para reunirse con Servicios de Familia. El Consejero de Servicios de Familia puede ayudarle a llegar a un acuerdo por escrito.
Algunas cortes requieren que en todos los casos las partes se reúnan con Servicios de Familia aunque exista un acuerdo o no. Usted puede consultar con la oficina del Secretario de la Corte con anterioridad para saber cuáles son las reglas en su corte particular.
¿Tengo que estar de acuerdo con las recomendaciones de Servicios de Familia?
Usted no tiene que aceptar las recomendaciones de Servicios de Familia. Si no hay un acuerdo, usted tiene el derecho de presentar su caso al juez y dejar que el juez decida.
El juez puede o no estar de acuerdo con usted. Usted tiene que obedecer las órdenes del juez, aún si usted no está de acuerdo con ellas.
¿Qué pasa cuando estoy en la sala de audiencias ante el juez?
Diga “listo” cuando llamen su nombre. Entonces usted se va a parar ante una de las mesas frente al banco del juez. Siga las instrucciones del juez. No se acerque al banco del juez o estrado de testigos a menos que el juez se lo indique.
El Secretario lo juramentará para que diga la verdad.
Usted tiene que probar que la otra parte desobedeció la orden, así es que esté preparado para decir exactamente cómo usted cree que la orden fue desobedecida. Traiga las pruebas si tiene algunas.
El juez le va a hacer preguntas. Si usted no entiende una pregunta, dígalo al juez.
Cuando termine, la otra parte tendrá una oportunidad de hablar. La otra parte tal vez quiera hacerle preguntas a usted también.
Usted tendrá la oportunidad de hacerle preguntas a la otra parte. También tendrá la oportunidad de hacer preguntas a cualquier testigo.
¿Cuándo el juez decidirá mi caso?
El juez puede decidir el caso al final de la audiencia y anunciar las ordenes mientras usted esta todavía allí. También el juez puede tomar mas tiempo para hacer una decisión. El Secretario le enviará una copia de las órdenes una vez que el juez decida. Si no ha oído de la corte en unos días, entonces llame a la Oficina del Secretario de la Corte y pregunte acerca de su caso.
¿Hará el juez una orden de desacato?
Si usted puede probar que la otra parte deliberadamente violó una orden judicial, el juez usualmente le concede a la otra parte una oportunidad para cumplir con la parte de la orden que fue violada. Si la otra parte no cumple, el juez puede ordenar encarcelamiento hasta que el o ella cumpla, pero esto generalmente no sucede a menos que todo lo demás falle.
El juez puede escribir una orden que mantiene a la otra parte en desacato y especificar cómo él o ella tienen que cumplir. El juez puede ordenar que la persona obedezca la orden de la corte de inmediato, o darle tiempo para cumplir con la orden. Algunos motivos para no pasar tiempo en la cárcel son: no hay nadie para cuidar de los hijos dependientes, posible pérdida de trabajo, o discapacidades físicas o emocionales.